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Vacaciones y prima vacacional: lo que dice la ley en general

Alejandro Hernández

Vacaciones y prima vacacional: lo que dice la ley en general

Las vacaciones son uno de los derechos laborales que más se malentienden. Mucha gente cree que basta con no ir a trabajar unos días para tenerlas, o que se pueden cambiar por dinero. La realidad es más sencilla, y conviene conocer las reglas generales para no perder lo que te corresponde.

Qué son las vacaciones

Las vacaciones son el periodo de descanso remunerado al que tiene derecho todo trabajador subordinado después de cierto tiempo de trabajo. Se pagan como si fueran días normales: recibes tu salario mientras descansas.

La Ley Federal del Trabajo fija un mínimo de días, y ese mínimo aumenta con la antigüedad. La reforma de 2023 incrementó de forma importante el número de días, sobre todo en los primeros años de servicio. Como las cifras exactas por año pueden cambiar con el tiempo, revisa el artículo 76 de la LFT o consulta a Recursos Humanos para saber cuántos días te tocan.

Las vacaciones son distintas de las incapacidades y de los permisos. Durante ellas tu derecho es a descansar con goce de sueldo, no a faltar por otra razón.

Cuándo se generan

El derecho se genera después de cumplir un año de servicios. Una vez cumplido, tienes derecho a los días que corresponden a ese año. Si tu relación laboral termina antes de completar el año, no tendrás vacaciones completas, aunque sí puede haber un pago proporcional según la forma en que termine.

Mientras la relación laboral sigue vigente, las vacaciones se toman en las fechas que acuerden tú y la empresa. Lo más sano es programarlas con anticipación y dejar constancia por escrito.

La prima vacacional

Además del salario de los días de descanso, la ley establece una prima vacacional de al menos 25% sobre el salario que te corresponde durante el periodo de vacaciones. Es un mínimo: tu empresa puede pagar más si así lo pactó en el contrato o en su reglamento.

Por ejemplo, si el salario de esos días sumara $6,000 (cifra ilustrativa), la prima mínima sería de $1,500. El pago total de tus vacaciones, en ese caso, sería de $7,500 antes de impuestos.

Revisa que la prima aparezca en tu recibo de nómina en el periodo correspondiente. Si no la ves, pregunta a Recursos Humanos antes de que termine el periodo de vacaciones.

Las vacaciones no se cambian por dinero

La regla general es que las vacaciones no se pueden compensar con una remuneración mientras sigues trabajando. Es decir, tu patrón no puede pagarte por no tomarlas, salvo en el caso de terminación de la relación laboral, cuando sí se paga lo que te corresponda.

Esta regla protege tu derecho a descansar. Si tienes mucho trabajo y no puedes tomar vacaciones, habla con tu jefe para programarlas y deja constancia por escrito de la solicitud.

Si tu patrón insiste en pagarte en lugar de darte días, anota la fecha y el monto, y consulta con la Profedet antes de aceptar.

Cómo aprovechar tu descanso

Un buen plan de vacaciones empieza por conocer tus días y planear con anticipación:

  • Revisa cuántos días tienes disponibles con Recursos Humanos.
  • Pregunta cuándo se paga la prima vacacional, para anticipar tu presupuesto del viaje.
  • Si te quedan días sin tomar, propón fechas concretas y confírmalas por escrito.

Descansar también es parte de tu salud. Cuando tomes vacaciones, procura no trabajar desde casa, porque un día de descanso que se llena de pendientes no cumple su función.